Archivo de la categoría: Sin categoría

Inicia una nueva edición del Seminario-Taller “Educación, Cárcel y Derechos Humanos”

gesecEl próximo 4 de junio en la Facultad de Trabajo Social de la UNLP (calle 9 y 63, La Plata) comienza la XXXIII edición del seminario organizado por Gesec La Plata, en esta oportunidad con una modalidad de entrevistas abiertas a expertos en las temáticas que nos convocan.

La actividad es gratuita y abierta a los interesados en la temática. Inicia el 04 de junio y finaliza el 02 de julio. Se cursa los sábados de 10.00 a 13.00 hs.

La coordinación docente está a cargo del Mg. Francisco Scarfó y el equipo de ayudantía (Natalia Zapata, Victoria Aued, Natalia Maldonado, Mercedes Latorre y Mariana Murga)

Programa:
El sentido de la cárcel y los DDHH (04/06)
El sentido de la educación en la cárcel desde cómo enseñamos (11/06)
Mujeres en el encierro punitivo (18/06)
Jóvenes en el encierro punitivo (25/06)
Arte, educación y cárcel (02/07)

Inscripción: entrevistasabiertasgesec@gmail.com
Asunto: Inscripción Seminario
Enviar los siguientes datos: Nombre, Apellido, DNI, Institución

Co-organizan la Comisión Universitaria sobre Educación Pública en Cárceles – Prosecretaria de Extensión-UNLP y la Secretaría Académica de la Facultad de trabajo Social (UNLP).

GESEC estuvo presente en las V Jornadas de Extensión del Mercosur

Vicky nota TandilEl Grupo de Estudios sobre Educación en Cárceles (GESEC) estuvo presente en las V Jornadas de Extensión del Mercosur, organizadas por la Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires y la Universidad Passo Fundo (Brasil), actividad que se llevó a cabo el pasado 19 y 20 de mayo en la ciudad de Tandil. En ese marco, también se desarrolló la IV Mesa Interuniversitaria Nacional sobre Educación en Contextos de Encierro y la II Reunión de la Red Interuniversitaria de Derechos Humanos y Educación Carcelaria del Mercosur.

Mesa «Extensión en contextos de encierro»

En la actividad que se desarrolló el jueves 19, la integrante de GESEC, Natalia Zapata participó de la mesa «Extensión en contextos de encierro», coordinada por Juan Pablo Parchuc (UBA); Analía Umpierrez y Erica Lanzini (UNICEN), en la que se presentaron ponencias y experiencias formativas, culturales y de intervención en contextos de encierro o referidos a las problemáticas que atraviesan diversos colectivos humanos atravesados por la situación de encierro.

IV Mesa Interuniversitaria Nacional sobre Educación en Contextos de Encierro y II Reunión de la Red Interuniversitaria de Derechos Humanos y Educación Carcelaria del Mercosur

En tanto, el viernes en el marco de la IV Mesa Interuniversitaria Nacional sobre Educación en Contextos y la II reunión de la Red Interuniversitaria de Derechos Humanos y Educación Carcelaria del Mercusur, GESEC participó de dos espacios de debate y la presidenta del Grupo Victoria Aued rubricó el acta-acuerdo que se produjo entre las universidades nacionales y del Mercosur y representantes del Estado y la Sociedad Civil presentes.

GESEC intervino en el espacio “Producción y circulación de conocimientos y recursos pedagógicos sobre la educación universitaria en contextos de encierro, los productos y el desarrollo artístico y sociocultural en cárceles”, donde se intercambiaron miradas sobre la intervención de diversos actores en el territorio carcelario y se expusieron los principales desafíos en las prácticas.

Asimismo, en el eje “Vinculación social, intercambio o transferencia de conocimientos y articulación de proyectos sociales para atender problemáticas asociadas la defensa de los derechos humanos y la promoción de herramientas para la inclusión social de las personas privadas de libertad y liberadas. Formación para el trabajo, derechos e inclusión laboral”, GESEC se sumó a la discusión y elaboración de un documento que protocolice las intervenciones y puntualmente el ingreso a los establecimientos penales por parte de las organizaciones de la sociedad civil.

Finalmente, el Grupo participó de la elaboración de una agenda de trabajo para el período 2016-2017 y adhirió al compromiso asumido por universidades nacionales y del MERCOSUR, Ministerio de Educación y Deportes de la Nación y organizaciones sociales presentes.

Documento Conclusiones Mesa Educación en contextos de encierro, desarrollada en la V Jornada de Extensión del Mercosur, Tandil, 19 y 20 de mayo.

Una aproximación a la perspectiva de género en la educación en cárceles

FreeImages_JonathonHayward-820x300Por Francisco Scarfó, educador en cárceles desde el 1992, magister en Derechos Humanos por la Universidad Nacional de La Plata, fundador del GESEC.

Al reflexionar sobre el derecho humano a la educación en cárceles y la perspectiva de género es necesario focalizar sobre los criterios de realización del derecho a la educación en virtud de su calidad. Esto vale decirlo en cuanto a que las diferencias de género traen consigo consecuencias en varias dimensiones del proceso educativo y también, en el lugar desde donde se estructura el conocimiento del mundo…[1]

Siguiendo la estructura de las 4 “As”, para relevar el desarrollo del derecho en términos de calidad, la adaptabilidad implica reconocer el contexto en donde se lleva la educación (para este caso una cárcel de mujeres) y del sujeto de la acción educativa (la mujer privada de la libertad).

En cuanto de la asequibilidad es necesario poner atención en la disposición de la educación a la realidad de los sujetos que la demandan. Pensar en la mujer en la cárcel es clave reconocer, por ejemplo, que la gran mayoría de ellas trabajan para sostener y cubrir las necesidades de sus hijos/as fuera de la cárcel y en general en el mismo horario de trabajo está funcionando la escuela. Esto hace que no puedan estudiar. También suele ocurrir que alguna escuela en la cárcel no permite que asistan con sus hijos/as y esto hace que las mujeres dejen de asistir a clases.

Es importante recordar, y de modo muy sintetizado, que la cárcel históricamente está pensada para los hombres por ende las mujeres eran recluidas en convento de monjas. Es muy novedoso que haya cárceles de mujeres y/o anexos en la cárcel de hombres destinado a alojar unas pocas mujeres. Esto último se ve afectado porque suelen ser cárceles gestionadas por hombres y/o mujeres con visión de estar gestionando una cárcel de hombres sin visibilidad de las necesidades de las mujeres. No hay que olvidar que el colectivo de mujeres es mucho menor en cantidad al de los hombres y por eso su visibilidad se ve reducida aún más.

A esto hay que sumarle la reproducción y potenciación de la discriminación y estigmatización de las mujeres en el contexto de la cárcel, fomentando y perpetuando la desigualdad y asimetrías de género.

En esta línea las propuestas y ofertas educativas siguen en su mayoría promoviendo la formación tradicional de la mujer para las cuestiones domésticas. Ofertas de formación referidas a la costura, al corte y confección, manicuras y estética, lo culinario y repostería.[2]

La situación de vulnerabilidad de las mujeres se preserva en la cárcel. Las mujeres son cabeza de familia o familias monoparentales, sufren aun hoy la doble sanción al ser encarceladas: la moral como “mala madre” y la penal estando cercadas en los delitos fuertes como infanticidios, o pasionales y siempre el descrédito de ser mujer… entonces estaba “loca” o es una “puta”.

Es también un colectivo en situación de vulnerabilidad al estar encarcelada en estado de embarazo y/o con hijos/as menores de 4 años conviviendo en cárceles – justamente pensada para hombres adultos – con espacios reducidos, lúgubres y poco favorables al desarrollo y crecimiento de los/as niños/as.

No es menor marcar el tema del cuerpo de las mujeres. El cuerpo habla, tiene su lenguaje y se apresa, se detiene justamente en la cárcel. Las requisas muchas veces vejatorias y la atención médica carente de perspectiva de género ponen en evidencia como es tratado el cuerpo de la mujer en la cárcel. La educación no puede obviar el cuerpo a la hora del aprendizaje y la enseñanza.

Amén de lo sucintamente señalado, hoy en día hay al menos avances destacados sobre el tema mujer y cárcel que la educación debe prestar atención y sumar acciones favorables a transformar el contexto de encierro punitivo.

La excarcelación de mujeres embarazadas y con hijos menores de 4 años – para el caso de Argentina -, es un gran adelanto; la presencia de guarderías y jardines maternales en las cárceles y a veces articulado con jardines extramuros son una medida más que valiosa tanto para los/as chicos/as, como para las madres; hay presencia de oficinas dedicadas al tema mujer y género en algunos servicios penitenciarios como también muchos organismos del estado y organizaciones civiles asumen en informes y en intervenciones en el territorio punitivo el tema de mujer y género; también hay en los espacios de formación penitenciaria y docente incipientes abordajes de estos temas.

Por todo esto la perspectiva de género es un tema pendiente y urgente de tomar medidas conducentes a profundizar y asumir en la política pública tanto educativa como penitenciaria que favorezcan plenamente el disfrute del derecho a la educación de las mujeres encarceladas y transforme el contexto de la cárcel.

[1] “La perspectiva de género permite analizar y comprender las características que definen a las mujeres y a los hombres de manera específica, así como sus semejanzas y diferencias. Esta perspectiva de género analiza las posibilidades vitales de las mujeres y los hombres: el sentido de sus vidas, sus expectativas y oportunidades, las complejas y diversas relaciones sociales que se dan entre ambos géneros, así como los conflictos institucionales y cotidianos que deben enfrentar y las maneras en que lo hacen” señala Marcela Lagarde. En Soledad García Muñoz, “La Progresiva Generización De La Protección Internacional De Los Derechos Humanos”. Revista Electrónica De Estudios Internacionales. 2001.

[1] “La perspectiva de género permite analizar y comprender las características que definen a las mujeres y a los hombres de manera específica, así como sus semejanzas y diferencias. Esta perspectiva de género analiza las posibilidades vitales de las mujeres y los hombres: el sentido de sus vidas, sus expectativas y oportunidades, las complejas y diversas relaciones sociales que se dan entre ambos géneros, así como los conflictos institucionales y cotidianos que deben enfrentar y las maneras en que lo hacen” señala Marcela Lagarde. En Soledad García Muñoz, “La Progresiva Generización De La Protección Internacional De Los Derechos Humanos”. Revista Electrónica De Estudios Internacionales. 2001.

[2] Aún más, el tratamiento de la mujer privada de libertad, en relación con la educación, presenta características muy diferentes a la educación en cárceles de los hombres privados de libertad. Solamente como señalamiento se destaca que: “…Existe además una menor oferta educativa, y un centro de estudio menos adecuado que los de los hombres: a modo de ejemplo, mientras que en la Unidad 2 (Devoto) el Programa UBA XXII de educación en cárceles, funciona desde 1985 con las carreras de Derecho, Psicología, Sociología e Informática; la Unidad 3 (Ezeiza) tuvo que esperar 10 años para la homologación del convenio, y hasta el momento sólo se dicta la carrera de Sociología. Esta situación se ve agravada por la ausencia de talleres y/o cursos de capacitación que sirvan para la inserción laboral competitiva, y dificulta el diseño de estrategias viables para un proyecto de vida autónoma en el futuro…”. En Almeida, Mariana L.B. de. “Mujeres tras las rejas: presas de una doble condena”. 2005. Disponible en: www.fsoc.uba.ar/modules/aaf/article.php

 

Fuente de la nota: https://orei.campanaderechoeducacion.org/post_blogueros/una-aproximacion-a-la-perspectiva-de-genero-en-la-educacion-en-carceles/

Los significados de la práctica educativa en la cárcel desde una perspectiva de los derechos humanos

20140830_130632Por Francisco Scarfó

Es indudable que toda práctica educativa, en el contexto y en el tiempo que sea, está cargada de “sentidos”, intenciones, perspectivas. El “hacia dónde voy o quiero llevar” mi práctica implica una caracterización, una configuración de la misma. Esos sentidos, a veces se pueden manifestar abiertamente, otras veces necesitan de reflexión, de revisión y de visibilidad para poder así comprender humanamente la intervención socioeducativa que se realiza.

Cuando hablamos de los sentidos de la práctica educativa en la cárcel lleva irremediablemente a reflexionar sobre los sentidos de esta institución, de la privación de la libertad, del castigo y la relación con la educación y la escuela.

En esta línea lo primero a pensar es que la educación y el castigo se presentan como par de conceptos felizmente opuestos y esto hace que se reflexione sobre cómo pueden “convivir” en la cárcel, ya que los sentidos de una y otro son disímiles. La educación pretende el desarrollo pleno, libre, crítico y autónomo de la persona; mientras que el castigo opera como acción represiva, limitante y flagelante de la persona en términos formativos. La manera en que puedan permanecer juntos, desde mi humilde mirada, es entender a la educación como derecho humano. Y esto impele un sentido vigoroso a la educación despojándola de cuestiones tratamentales, disciplinantes, de seguridad y de control. El pensar y dar sentido a la educación en la cárcel como derecho humano conlleva entonces a un sentido de la práctica educativa congruente con la perspectiva de la educación en y para esos derechos: esto es un práctica que se asuma en lo conceptual, en los valores, en las actitudes, en las destrezas que fortalecen la educación en tanto derecho. No hay que olvidar en tanto sentido, lo que se ha mencionado en artículos anteriores de este blog sobre los criterios de realización del derecho a la educación, principalmente el criterio deadaptabilidad y aceptabilidad.

A esto hay que sumarle en términos de “sentidos”, y en concordancia con muchas políticas educativas en contextos de encierro punitivo de los estados de la región, que “educación y seguridad se excluyen mutuamente”. Esto quiere decir que la educación y la práctica educativa que se promueven son distintas a las que promueve la seguridad en una cárcel. Les propongo ver en este tema el Decreto Reglamentario de la Ley 26695 de Argentina, en donde establece claramente que los/as funcionarios/as de seguridad quedan excluidos/as de la posibilidad de llevar adelante procesos formativos en las escuelas y programas educativos oficiales. Esto es en función de que no medie en los procesos de enseñanza y aprendizaje situaciones que deriven en posibles sanciones y advertencias por parte de funcionarios/as a los y las estudiantes detenidos/as. Más aún si la seguridad fuera parte del proceso formativo, éste dejaría de serlo porque la subjetividad de los/as estudiantes y el ambiente pedagógico de las aulas sería un espacio y un tiempo más de la rutina de la cárcel sometida al tratamiento penitenciario, al control, al disciplinamiento.

Los sentidos de la práctica educativa deben tener claro que estamos ante una práctica social, un proceso social que nos toca jugar interviniendo justamente desde lo socioeducativo para construir y reconstruir saberes, experiencias, sentires, trascendencias.

Estamos, en el caso de los/as docentes de escuelas públicas, ante un sentido público de nuestra labor, de nuestra tarea y esto impele responsabilidad, impele una praxis pública a favor de una construcción democrática, humana y justa de la sociedad desde el contexto que nos toca: una escuela en la cárcel. En esta línea se potencia el sentido ético-profesional de nuestra intervención que supere lo “moralista”, “asistencialista” y “contención” de nuestra tarea.

Nuestra práctica educativa debe estar atenta a no ser parte de los eslabones técnicos-profesionales que se presentan en las prisiones que se suman al control, al amansamiento, a la crueldad, a la violencia que el “dispositivo” cárcel presenta día a día.

Es indispensable el saber por qué y el para qué voy a la cárcel. Esto facilita el hacer de nuestra tarea. Podemos saber cómo se configura nuestra práctica, cómo se desarrollan los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Por ello el sentido de la práctica debe fundarse en una constante acción-reflexión-acción para poder enriquecerla, empoderarla y hacerla jugar en la cadena de humanidad, justicia y democracia que tanto necesita la cárcel hoy.

Francisco Scarfó, educador en cárceles desde el 1992, magister en Derechos Humanos por la Universidad Nacional de La Plata, fundador y actual presidente del GESEC (Grupo de Estudio Sobre Educación en Cárceles).

Fuente: https://orei.campanaderechoeducacion.org/post_blogueros/los-significados-de-la-practica-educativa-en-la-carcel-desde-una-perspectiva-de-los-derechos-humanos/

La necesidad de visibilizar el derecho a la educación en cárceles

image001Por Francisco Scarfó

Suele ocurrir que los medios de información presentan y tratan al tema de la cárcel y las personas privadas de la libertad cuando ocurren grandes motines o fugas y muy pocos veces se muestran otros aspectos de la vida diaria en este contexto punitivo. Esta cuestión deja a la vista un hecho más de lo segregativo y excluyente que se nos representa la cárcel y los temas que hacen a ella.

La cárcel no solo suele estar alejada físicamente de los centros comerciales y culturales de las ciudades sino también de los medios de comunicación e información y esto opera restando visibilidad a las urgencias humanitarias y a las vulneraciones a los Derechos Humanos (DDHH) que suelen ocurrir en estos ámbitos.

Muchas veces este “apartar” de la vista a la cárcel por parte de la sociedad no solo es por ser un lugar poco agradable o por pensar que esta la “lacra” de la sociedad allí y no debe contagiar a la sociedad “sana”, sino también la invisibilidad resulta de cómo los comunicadores/as y periodistas abordan el tema y en especial el tema de la educación en prisiones como parte de los DDHH.

Así es clave en el desarrollo de los DDHH en cualquier ámbito y en especial en cárcel –por ser éste un dispositivo cruel, marginal, segregativo y de castigo – su comunicación y visibilidad en pro de su promoción, disfrute y exigencia.

Si no se conoce es muy difícil que se hable de tal o cual cosa y si encima se conoce parcial y prejuiciosamente, más aun se profundiza su invisibilidad y oscurecimiento en términos de ser una situación que movilice sensibilidades de la sociedad en general, así como de los/as gestores de la política pública y la sociedad organizada.

Los/a comunicadores/as y periodistas deben contar con una formación especifica sobre cómo tratar el tema de los DDHH y con más necesidad en contextos tan singulares y proclives a la violencia institucional como lo es la cárcel. Pensemos que lo no dicho, no visto, no informado puede ser en alguna medida ingenuamente cómplice de una vulneración de derechos en la cárcel.

Por ello nos resulta feliz el contar con una guía Contextos de Encierro, Contextos de Derechos – Guía para periodistas, comunicadoras y comunicadoresformulada por la CLADE, en alianza con Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica (ALER) y el Grupo de Estudio sobre Educación en Cárceles (GESEC), que aborda el tema del cumplimiento de los DDHH en contextos de encierro punitivo en especial  del derecho humano a la educación, en el interior de las cárceles de América Latina y el Caribe.

La guía presenta información sobre los principales mecanismos de protección de DDHH referido a las personas privadas de la libertad destacando el derecho a la educación. Contiene reflexiones sobre temáticas centrales, problemas de cobertura y sugerencias sobre cómo abordar y producir periodísticamente desde una perspectiva de DDHH, que tenga centralidad en el respeto a las personas privadas de libertad. Además presenta un apartado específico acerca del tema de la discriminación sobre colectivos en situación de vulnerabilidad en el contexto del encierro punitivo como son los y las adolescentes en conflicto con la ley penal; las mujeres encarceladas, las personas indígenas y afrodescendientes privadas de libertad, buscando poner “… atención sobre las conexiones entre identidad, género, raza, etnia y condición social, y la permanencia de desigualdades estructurales que culminan en el encierro.”[1]

Como se ha dicho en otras oportunidades, la educación en cárceles tiene una especificidad por su contexto y su sujeto de la acción educativa y por ende no alcanza solo con ofertar escuelas y maestros/as en la cárcel. Se requiere de contar con alianzas, articulaciones y solidaridades de muchos de los/as actores e instituciones que hacen a la garantía, la ejecución, la protección y la promoción del derecho.

La comunicación, la información y por lo tanto la visibilidad de la educación en cárcel es vital en términos de movilizar sensibilidades, de poner a la luz la política publica hacia la cárcel y a la educación, de valorar el trabajo diario de las escuelas y maestros/as, de rescatar el esfuerzo de muchos/as estudiantes detenidos/as en avanzar en sus estudios, de que es posible gestionar la cárcel – desde los/as funcionarios/as penitenciarios/as – con una perspectiva centralizada en la persona y en sus derechos, de activar un trabajo intersectorial que fortalezca las actividades educativas, culturales y laborales en la cárcel.

En definitiva, comunicar desde una perspectiva de DDHH lo que ocurre en la cárcel, en especial la educación, es el gran desafío que debemos sostener si queremos una sociedad más justa, más inclusiva, más humana, más democrática.

[1] Ver más de la guía aquí.

Francisco Scarfó, educador en cárceles desde el 1992, magister en Derechos Humanos por la Universidad Nacional de La Plata, fundador y actual presidente del GESEC (Grupo de Estudio Sobre Educación en Cárceles).

Fuente: https://orei.campanaderechoeducacion.org/post_blogueros/la-necesidad-de-visibilidad-del-derecho-a-la-educacion-en-carceles/