La Cámara de Diputados aprobó este miércoles 16 el proyecto que sustituye el capítulo VIII, artículos 133 a 142, de la ley 24.660 de Régimen de Ejecución de la Pena Privativa de la libertad- en materia de educación en establecimientos penitenciarios.
En la Argentina, según un informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena de 2007, de las personas privadas de la libertad, muy pocas tienen sus estudios completos. La investigación muestra que sobre un total de 50.980 internos sólo 2.594 habían completado su educación secundaria. domain check . Alrededor de 23.599 internos había completado únicamente su educación primaria, mientras que los internos con estudios primarios incompletos ascendían a 11.410 y 2.910 no habían recibido ningún tipo de instrucción. Asimismo, el informe señaló que 24.525 internos no tenían oficio ni profesión y que 36.801 internos no participan de ningún programa de capacitación laboral.
Ante esta realidad, la Cámara baja aprobó el proyecto de estímulo educativo para personas en contexto de encierro que impulsó la diputada nacional Adriana Puiggrós (FpV) y el diputado Ricardo Gil Lavedra (UCR), el cual es fruto de la iniciativa de los internos de la Unidad 2 de la cárcel de Villa Devoto y de la ex fiscal, y actual secretaria de Seguridad, Cristina Caamaño, además de las discusiones surgidas dentro de la Comisión de Legislación Penal, en el marco del tratamiento de los proyectos presentados sobre este particular.
También participaron distintos organismos vinculados a la temática, y desde el GESEC, estamos orgullos@s de haber puesto nuestro granito de arena para que esto ocurra.
Como GESEC sostuvimos que es necesario que se arbitren los medios y recursos para poder ofrecer una real garantía del derecho a la educación, que deberán atenderse las particularidades de cada caso y colectivo, y deberán también tenerse en cuenta los derechos de l@s trabajador@s docentes, entre otras valoraciones.
El proyecto aprobado y girado al Senado propone la modificación del capítulo VIII de la ley 24.600 –Régimen de Ejecución de la Pena privativa de la Libertad- en materia de educación en establecimientos penitenciarios en sus artículos 133 a 142.
En esencia, las modificatorias de estos artículos garantizan la aplicación plena de la Ley de Educación Nacional 26.206 y aquellos pactos y convenciones sobre este particular a las que la Argentina adhiere y que establecen el derecho a la educación.
Esperamos ver pronto los cambios para que todas las personas que están privadas de su libertad puedan realmente acceder a una educación de calidad y en consecuencia, a otros derechos.